La Comisión Mixta del Concierto Económico es un órgano de composición bilateral Estado - País Vasco a la cual se le encomiendan las siguientes funciones:
- Acordar las modificaciones del Concierto Económico.
- Acordar los compromisos de colaboración y coordinación en materia de estabilidad presupuestaria.
- Acordar la metodología para el señalamiento del cupo en cada quinquenio.
- Acordar el nombramiento y régimen de los componentes de la Junta Arbitral.
- Todos aquellos acuerdos que en materia tributaria y financiera resulten necesarios en cada momento para la correcta aplicación y desarrollo de lo previsto en el Concierto Económico.
En cuanto a su composición, está constituida, de una parte, por un representante de cada Diputación Foral y otros tantos del Gobierno Vasco y, de otra, por un número igual de representantes de la Administración del Estado.
Su regulación se encuentra en los artículos 61 y 62 del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobado por Ley 12/2002, de 23 de mayo.
Plan económico-financiero de reequilibrio 2012-2014 de la Comunidad Autónoma del País Vasco.