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MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Impuestos 

La Ley General Tributaria, en su artículo 2.2., letra c), define los impuestos como "los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente".

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