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Programa de trabajo

En julio de 2007 se aprobó el Programa de TrabajoAbre nueva ventana (PDF, aprox. 43 KB) de transposición de la Directiva por la CDGAE. El programa se basa en los siguientes principios:

  • El enfoque debe ser ambicioso para alcanzar ganancias de competitividad en relación con nuestros socios comunitarios, también embarcados en el mismo proceso.
  • La responsabilidad en las tareas de transposición corresponde a cada Administración en el ámbito de sus competencias.
  • La colaboración entre las distintas Administraciones y entre éstas y los distintos agentes del sector privado es necesaria y deseable.

Por otro lado, el programa se articula en torno a las siguientes líneas de actuación:

  • Está en proceso de elaboración una Ley “Paraguas” que incorporará los principios generales de la DS y aportará un marco jurídico de referencia más allá del período de transposición. Con objeto de elaborar un borrador de Anteproyecto de Ley “Paraguas”, se ha constituido un grupo técnico de trabajo compuesto por expertos de los Ministerios de Economía y Hacienda, Asuntos Exteriores y de Cooperación, Administraciones Públicas, y de Industria, Turismo y Comercio, que ya ha iniciado los trabajos.
  • El esquema de trabajo con Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales debe ser simultáneamente sectorial y horizontal. En este sentido, tanto los ministerios como las Comunidades Autónomas han designado un interlocutor único a efectos de la coordinación de los trabajos de transposición.
  • En cuanto a la transposición normativa, esta requerirá:
    • Una primera fase de identificación de la normativa potencialmente afectada.
    • Otra fase de evaluación de compatibilidad con la Directiva. La evaluación se llevará a cabo utilizando un cuestionario de uso obligatorio que debe remitirse a la Comisión y al resto de Estados miembros, y otro cuestionario, voluntario para las Comunidades Autónomas, que incluye aspectos que hay que evaluar, pero sobre los que no hay que informar a la Comisión.
    • Una tercera fase de modificación de la normativa sectorial.
  • La Directiva también establece un programa de simplificación administrativa que incluye la introducción de procedimientos electrónicos y el establecimiento de un sistema de ventanilla única para prestadores y destinatarios de los servicios.
  • Por otra parte, la cooperación administrativa es esencial para el adecuado funcionamiento del mercado interior de los servicios, de ahí que la Directiva establezca obligaciones jurídicamente vinculantes para que los Estados miembros puedan cooperar eficazmente, con el fin de garantizar la supervisión de los prestadores y sus servicios. La cooperación administrativa y la asistencia recíproca deben efectuarse directamente entre autoridades competentes. Para ello, los Estados miembros tendrán que designar uno o más puntos de contacto que serán publicados y actualizados periódicamente por la Comisión.
  • El Grupo considera muy positiva la participación del sector privado en el proceso de transposición, en particular la de los agentes empresariales, que podrían ser muy útiles para identificar los obstáculos a los que se enfrentan las empresas que desean prestar servicios tanto en España como en otros Estados miembros, así como para analizar los informes de evaluación que presenten el resto de Estados miembros. Hasta el momento, para explorar vías de colaboración, ha habido contactos con el Consejo Superior de Cámaras de Comercio dado que esta institución tiene implantación a todos los niveles de la administración y en ella participan todas las empresas. Conforme se vaya avanzando en la coordinación sectorial, se irán identificando agentes a los que será conveniente involucrar en el proceso.
  • Las necesidades de formación en cuanto a la Directiva deben dirigirse fundamentalmente a aquellas personas que deben identificar la normativa afectada por la Directiva, proceder a evaluarla y, en su caso, modificarla. De este modo, se han realizado jornadas técnicas de formación con los ministerios y  se plantea un esquema similar con las Comunidades Autónomas. Se ha ofrecido además la posibilidad de realizar jornadas de formación con cada una de las Comunidades Autónomas.
  • Finalmente, se establece que el Grupo de Trabajo para la Transposición de la Directiva de Servicios elevará periódicamente informes a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos sobre los avances en el proceso de transposición, así como cuando le sea solicitado por la misma.

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