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MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Ordenación del Juego 

La Ley 13/2011, de 27 de mayoAbre nueva ventana (PDF, aprox. 747 KB), de regulación del juego tiene por objeto la regulación de la actividad de juego, en sus distintas modalidades, que se desarrolle con ámbito estatal con el fin de garantizar la protección del orden público, luchar contra el fraude, prevenir las conductas adictivas, proteger los derechos de los menores y salvaguardar los derechos de los participantes en los juegos, sin perjuicio de lo establecido en los Estatutos de Autonomía.

Se entiende por juego toda actividad en la que se arriesguen cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables en cualquier forma sobre los resultados futuros e inciertos, dependientes en alguna medida del azar, y que permitan su transferencia entre los participantes, con independencia de que predomine en ellos el grado de destreza de los jugadores o sean exclusiva o fundamentalmente de suerte, envite o azar.

La Dirección General de Ordenación del Juego es el órgano del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que, bajo la dependencia de la Secretaria de Estado de Hacienda, ejerce las funciones de regulación, autorización, supervisión, control y, en su caso, sanción de las actividades de juego de ámbito estatal:

  • Propuesta de la normativa reguladora de los juegos de ámbito estatal y establecimiento de los requisitos técnicos y funcionales de los juegos.
  • Tramitación de los procedimientos de solicitud de títulos habilitantes para el ejercicio de actividades de juego estatal.
  • Homologación de los sistemas técnicos de juego de ámbito estatal.
  • Inspección de las actividades de juego estatal y sistemas técnicos utilizados y persecución de juego ilegal.
  • Tramitación de expedientes sancionadores por infracciones contempladas en la Ley 13/2011, de 27 de mayoAbre nueva ventana, de regulación del juego.
  • Establecimiento del procedimiento y tramitación de las reclamaciones presentadas por los participantes contra los operadores.
  • Relaciones institucionales con organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, en materia de juego.
  • Autorización de la organización y celebración de rifas, apuestas y juegos cuyo desarrollo exceda del ámbito de una Comunidad Autónoma y de las apuestas deportivo-benéficas.
  • Informar, con carácter preceptivo, la autorización de actividades de lotería sujetas a reserva y tramitación de expedientes sancionadores en relación con los puntos de venta de SELAE.