Consejo Superior para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria
C/ San Enrique, 26
Teléfono: 91 583 12 93
El Consejo Superior para la Dirección y Coordinación Tributaria es el órgano colegiado de participación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Dependerá directamente del Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que la presidirá, y estará integrada por el Director la Agencia, que ostentará la Vicepresidencia, siete representantes de la AEAT, uno de la Inspección General del Ministerio de Economía y Hacienda, dos de los demás centros dependientes de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, y por un representante de cada una de las Comunidades Autónomas de régimen común y de las Ciudades con Estatuto de Autonomía.
Sus funciones son las siguientes:
- Realizar los estudios que resulten procedentes para una adecuada articulación estructural y funcional del régimen autonómico en el marco fiscal estatal y elaborar criterios generales de armonización de las políticas normativas del Estado, de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en materia de tributos cedidos, así como de las relativas a su gestión
- Analizar e informar los anteproyectos y proyectos normativos de rango legal que deban ser sometidos a la aprobación del Gobierno o Consejo de Gobierno respectivo y que modifiquen la regulación de los tributos cedidos
- Diseñar la política general de gestión de los tributos cedidos gestionados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y establecer directrices para su aplicación
- Establecer criterios uniformes de actuación, así como para la coordinación gestora e intercambio de información entre las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y entre éstas y la Hacienda del Estado
- Coordinar los criterios de valoración a efectos tributarios
- Emitir los informes que le solicite el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, el Ministerio de Economía y Hacienda, las Consejerías competentes en materia de Hacienda de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía
- Evaluar los resultados de la gestión de los tributos cedidos y de la actuación de los Consejos Territoriales de Dirección para la Gestión Tributaria
- Realizar los estudios, análisis, informes o cualquier otro tipo de actuación que se estima precisa en materia de regulación o aplicación de los tributos cedidos a las Comunidades Autónomas
- Evacuar los informes que le sean solicitados por la Junta Arbitral de resolución de conflictos en materia de tributos del Estado cedidos a las Comunidades Autónomas
- Diseñar las líneas básicas de determinados programas a incluir en los planes de control, en relación con los tributos cedidos gestionados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Acordar las directrices para la ejecución de actuaciones coordinadas en determinados programas incluidos en los planes de control, sin perjuicio de las competencias propias de las distintas Administraciones tributarias
- Recibir y analizar un informe anual, de ámbito estatal, sobre tributos cedidos gestionados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, suscrito por la Dirección general de la misma
- Proponer la implantación de sistemas específicos de intercambio telemático de información en asuntos que sean de interés mutuo para la Agencia Estatal de Administración Tributaria y las Comunidades y Ciudades con Estatuto de Autonomía
- Propuesta de actos susceptibles de encomienda de gestión entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y las Comunidades y Ciudades con Estatuto de Autonomía.
Amplíe la información sobre la organización de la Agencia en su portal.