Consejo Rector de Incentivos Regionales
Teléfono: 91 583 49 08
Es un órgano gestor de administración de los incentivos. La administración de los incentivos regionales se realizará por el Consejo Rector, la Dirección General de Incentivos Económicos Regionales del Ministerio de Economía y Hacienda y las Comunidades Autónomas afectadas.
El Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos será el Presidente del Consejo Rector de Incentivos Regionales. Podrán delegar sus funciones en relación con el Consejo Rector el Presidente en un Vicepresidente y los Vocales en los Subdirectores generales que determinen.
En el seno del Consejo Rector se podrán constituir Comisiones que atiendan a aspectos singulares de zonas o áreas determinadas. Se asignará representación a la Comunidad Autónoma afectada cuando se analicen cuestiones de programación que la afecten directamente.
Las funciones del Consejo Rector serán las siguientes:
- Programar y promover las actuaciones estatales en materia de incentivos regionales y en particular:
- Elaborar las propuestas para la delimitación de las zonas promocionables y prioritarias, en su caso.
- Proponer los sectores promocionables de cada zona.
- Proponer por sí, o por delegación en grupos de trabajo, la concesión de los incentivos regionales a los proyectos que correspondan de acuerdo con los criterios de corrección de los desequilibrios interterritoriales establecidos en cada caso.
- Proponer la dotación presupuestaria correspondiente para atender las necesidades de fondos que se deriven de la concesión de los incentivos regionales.
- Velar por la coordinación de los incentivos regionales con los restantes instrumentos de la política de desarrollo regional.
- El Consejo Rector, a través del Ministro de Economía y Hacienda, elevará al Gobierno trimestralmente, y cuando éste lo requiera, una memoria explicativa de los incentivos regionales concedidos en cada zona promocionable, así como de su incidencia sobre la inversión, la producción y el empleo.