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MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Junta Arbitral de Navarra 

La Junta Arbitral de Navarra es un órgano de deliberación y resolución de los conflictos que se susciten entre la Administración Tributaria del Estado y la de la Comunidad Foral, o entre ésta y la Administración de cualquier Comunidad Autónoma en relación con:

  1. La aplicación de los puntos de conexión de los tributos concertados.El denominado "punto de conexión" es el criterio por el cual el Convenio Económico determina qué normativa es de aplicación, común o foral y cuál es la administración a la que se le atribuye el rendimiento o la competencia exactora de un determinado tributo convenido.
  2. La determinación de la proporción correspondiente a cada Administración en los supuestos de tributación conjunta por el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre el Valor Añadido. El Convenio Económico determina los casos en los que una empresa debe tributar exclusivamente a una administración y los casos que debe tributar compartidamente a Navarra y al resto del territorio español. En este segundo supuesto se establecen reglas para fijar qué porcentaje de la deuda debe ingresarse en cada territorio.
  3. La interpretación y aplicación del Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra a casos concretos concernientes a relaciones tributarias individuales.
  4. Las discrepancias acerca de la domiciliación de los contribuyentes.
Normativa reguladora

Su regulación se encuentra en el artículo 51 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra Abre nueva ventanaaprobado por Ley 28/1990, de 26 de diciembre según redacción dada por la Ley 25/2003, de 15 de julio y cuyo desarrollo reglamentario se regula en el Real Decreto 353/2006Abre nueva ventana, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.

Composición

La Junta está integrada por tres miembros cuyo nombramiento corresponde al Ministro de Hacienda y el Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, en los que debe concurrir la condición de ser experto de reconocido prestigio en materia tributaria o hacendística.

En la actualidad integran este órgano los siguientes miembros:

  • Presidente: D. Eugenio Simón Acosta
  • Vocales: D. José Antonio Asiaín Ayala y D. Antonio Cayón Galiardo