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MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Impuestos 

Los impuestos junto con las tasas y las contribuciones especiales configuran los ingresos tributarios, principal fuente de financiación de los Presupuestos de las Administraciones Públicas. La importancia relativa de cada una de estas tres clases de tributos es diferente según el ámbito de la Administración Pública. En los Presupuestos Generales del Estado los impuestos representan el 91% de los ingresos no financieros. En cambio, las tasas son un recurso importante en los organismos que prestan servicios públicos. Las contribuciones especiales sólo existen en el ámbito de la Administración local.

Para más información:

En el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,  a través de la Secretaría de Estado de Hacienda, las principales funciones en relación con el sistema tributario, se distribuyen como sigue:

  • Agencia TributariaAbre nueva ventana: Aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero (gestión, inspección y recaudación)
  • Secretaría General de Hacienda: dirige y coordina las actuaciones relativas a la orientación de la política fiscal, el diseño del sistema tributario, la previsión y análisis de los ingresos tributarios y otros ingresos públicos, y la dirección y ejecución de la gestión catastral. Asume la dirección y coordinación de las competencias ejercidas por la Dirección General de Tributos, la Dirección General del Catastro, la Dirección General de Ordenación del Juego y el Tribunal Económico-Administrativo Central.
  • Dirección General de Tributos: Análisis y diseño de la política global sobre el sistema tributario estatal, la propuesta, elaboración e interpretación de la normativa tributaria estatal, la negociación y aplicación de los convenios para evitar la doble imposición, así como otras actuaciones relativas al ámbito fiscal internacional.
  • Dirección General del CatastroAbre nueva ventana: El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo en el que se describen los bienes inmuebles, de acuerdo con sus características físicas, económicas y jurídicas. Corresponde a la Dirección General del Catastro la formación y mantenimiento del Catastro que comprende, entre otras funciones, la asignación de valor catastral a cada bien inmueble con objeto de determinar la capacidad económica derivada de su titularidad. Este valor administrativo se emplea en diversas figuras tributarias, en particular en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y  el  Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Asimismo, la información recogida en el Catastro facilita el ejercicio de las funciones de control tributario por parte de las Administraciones estatal, autonómica y local.
  • Tribunales Económico-Administrativos: Resolución de las reclamaciones económico-administrativas.
  • Instituto de Estudios FiscalesAbre nueva ventana: Investigación y estudio de las cuestiones sobre ingresos y gastos públicos y análisis y explotación de las estadísticas tributarias
  • Consejo para la Defensa del Contribuyente: Actúa para la mejor defensa de los derechos y garantías de los ciudadanos en sus relaciones tributarias e informa sobre las quejas y sugerencias que se le plantean.

En el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,  a través de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, las principales funciones en relación con el sistema tributario, se distribuyen como sigue:

  • La Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, integrada en la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, tiene encomendado el estudio, informe y propuesta de normas y medidas relativas al régimen tributario de los entes territoriales y a los regímenes tributarios especiales por razón del territorio, sin perjuicio de las competencias de la DG de Tributos, la aplicación de los regímenes de concierto con el País Vasco y convenio con la Comunidad Foral de Navarra así como otras funciones relativas a la aplicación y gestión de los sistemas de financiación autonómica y local.